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Proyectos singulares EBC
El Programa Operativo de Crecimiento Sostenible para el período 2014-2020 recoge dentro del Eje 4 (Economía baja en Carbono), una dotación de 987 millones de euros que se destinarán a proyectos singulares en economía baja en carbono en el ámbito local.
Estas subvenciones están destinadas a municipios que consigan reducir las emisiones de dióxido de carbono mediante proyectos singulares de ahorro y eficiencia energética, movilidad urbana sostenible y uso de energías renovables.
La publicación de las convocatorias de ayudas corresponde al IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), que es el organismo intermedio encargado de la gestión de estos proyectos.
Primera Convocatoria Plazo finalizado
Concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020. Para Municipios menores de 20.000 habitantes.
480.076.588 Euros.
Real Decreto 616/2017:
- “Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.”
El 16 de junio de 2017 el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 616/2017 por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorecen el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.
En el Boletín Oficial del Estado 6897 del 17 de junio 2017 se publica la convocatoria de las subvenciones.
Los proyectos deben conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono, mediante la mejora de la eficiencia energética, la movilidad urbana sostenible o la utilización de fuentes de energías renovables.
La asignación de las subvenciones se realizará por orden de prelación correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud hasta agotar el presupuesto disponible en dicho ámbito o hasta que expire la vigencia del programa.
El plazo de solicitud de las subvenciones comenzará cuando transcurra un mes natural desde el día siguiente al de la publicación del BOE y durará hasta que se agote el presupuesto disponible o hasta llegar a la fecha de vigencia del programa.
Tanto la solicitud, como la presentación de documentos, se hará por vía telemática a través de la aplicación informática alojada en la página web del IDAE, organismo encargado de gestionar las subvenciones.
Real Decreto 1516/2018:
- “Real Decreto 1516/2018, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020, ampliando su presupuesto y vigencia”
El Real Decreto 1516/2018 del 28 de diciembre modifica el Real Decreto 616/2017 aumentando el presupuesto y la vigencia de la convocatoria.
El presupuesto inicial de la convocatoria de 336.053.612 euros, se amplía a 480.076.588 euros. Por otra parte el período de vigencia de se amplía hasta el 30 de junio de 2019, siendo el 31 de diciembre de 2018 la fecha de finalización inicialmente.
Real Decreto 316/2019
- “Real Decreto 316/2019, de 26 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.”
Objeto: Concesión directa de subvenciones a las Entidades Locales, así como Ceuta y Melilla, para proyectos de inversión en el ámbito de la economía baja en carbono.
Para proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.
Se amplía el ámbito de actuación a todo tipo de municipios sin limitación en el número de habitantes.
Da cabida a municipios de ámbito mayor de 20.000 habitantes
Adecúa los límites económicos de inversión para las actuaciones subvencionables a la capacidad financiera de las entidades locales de ámbito mayor.
Amplía el presupuesto en 507.076.954 euros adicionales
Plazo: hasta 31 de diciembre 2020
Enlaces y Documentos de interés